GUIA DE CONSULTA DE LOS CRITERIOS
DIAGNÓSTICOS DEL DSM-5
1 Libro
Quinta edición 2014
AMERICAN PSYCHIATRIC ASSOCIATION
EDITORIAL PANAMERICANA
LIBRO POR ENCARGO
Este
libro pertenece al género de la psiquiatría
Traducción:
Traducción: Burg
Translations, Inc.,
Chicago
(EEUU)
American
Psychiatric Publishing agradece la contribución del Dr. Ricardo Restrepo en la
traducción del texto, quién actuó como experto consultor en el proyecto
Esta
nueva edición del Manual Diagnóstico y Estadístico de Trastornos Mentales
(DSM5®) es utilizada por médicos e investigadores para diagnosticar y
clasificar enfermedades mentales, resultado de más de una década de trabajo de
cientos de expertos internacionales en todas las áreas de la salud mental. Su
elaboración meticulosa ha dado como resultado una obra de referencia esencial
para definir y clasificar los trastornos mentales, con el fin de mejorar los
diagnósticos, los tratamientos y la investigación
El
Manual Diagnóstico y Estadístico de Trastornos Mentales (DSM5®), quinta edición,
representa la guía más completa y actual para la práctica clínica, disponible
para médicos especializados en salud mental e investigadores. La información
contenida en este manual es de gran utilidad también para otros profesionales
del ámbito de la salud mental, incluyendo psicólogos, terapeutas ocupacionales,
enfermeros, trabajadores sociales, médicos forenses y especialistas legales
EN EL PREFACIO:
La
publicación del DSM-5 aporta novedades con respecto a la codificación,
clasificación y diagnóstico de los trastornos mentales, que tienen amplios
efectos sobre muchas especialidades. Ofrecemos al clínico una pequeña y
práctica guía de referencia rápida, que contiene solamente la clasificación
DSM-5 (es decir, la lista de trastornos, subtipos, especificadores y códigos de
diagnóstico), las partes que explican el uso del manual y los criterios
diagnósticos. La Guía de consulta de los criterios
diagnósticos del DSM-5 debe usarse junto con el DSM-5 completo. Para usarla
correctamente es necesario familiarizarse con las descripciones escritas de
cada trastorno que acompañan al conjunto de criterios
Esta
referencia práctica contiene todos los códigos CIE-9-MC y CIE-10-MC, notas de
codificación y procedimientos de registro usados en el DSM-5. El clínico
encontrará más información en el DSM-5, incluida la Sección III: Instrumentos
de medición y nuevos modelos (que incluyen medidas de evaluación, formulación y
entrevistas adaptadas a otras culturas, un modelo DSM-5 alternativo de
trastornos de la personalidad y las condiciones para ampliar su estudio) y el apéndice
DSM-5 (que contiene los cambios más destacados con respecto al DSM-IV,
glosarios de términos técnicos y culturales, y un listado alfabético y numérico
de los diagnósticos y códigos del DSM-5)
CLASIFICACIÓN DEL DSM-5
Antes
de cada nombre de trastorno, se indica el código CIE-9-MC seguido del código
CIE-10-MC entre paréntesis. Las líneas en blanco indican que el código CIE-9-MC
o CIE-10-MC no es aplicable. Para algunos trastornos, el código se puede
indicar únicamente de acuerdo con el subtipo o el especificador
Los
códigos CIE-9-MC se utilizarán a efectos de codificación en Estados Unidos a
partir del 30 de septiembre de 2014 y los códigos CIE-10-MC se utilizarán a partir
del 1 de octubre de 2014
Después
del título del capítulo y del nombre del trastorno, se incluye entre paréntesis
el número de página del texto o criterios correspondientes
Nota
para todos los trastornos mentales debidos a otra afección médica: Indicar el
nombre de la otra afección médica en el nombre del trastorno mental debido a
[la afección médica]. El código y el nombre de la otra afección médica se
indicarán en primer lugar inmediatamente antes del trastorno mental debido a la
afección médica
UTILIZACIÓN DEL MANUAL
El
objetivo principal del DSM-5 consiste en ayudar a profesionales de la salud en
el diagnóstico de los trastornos mentales de los pacientes, como parte de la
valoración de un caso que permita elaborar un plan de tratamiento perfectamente
documentado para cada individuo. Los síntomas que se incluyen en cada uno de
los conjuntos de criterios diagnósticos no constituyen una definición integral
de los trastornos subyacentes; los cuales abarcan todos los procesos
cognitivos, emocionales, de comportamiento y fisiológicos, que son bastante más
complejos de lo que se puede explicar en estos breves resúmenes. Más bien, se
pretende que sean un resumen de los síndromes característicos, con los signos y
síntomas que apuntan hacia un trastorno subyacente, con una historia del
desarrollo característica, unos factores de riesgo biológico y ambientales,
unas correlaciones neuropsicológicas y fisiológicas, y un curso clínico típico
ABORDAJE PARA LA
FORMULACIÓN
DEL CASO CLÍNICO
La
formulación del caso de cualquier paciente debe incluir una historia clínica
detallada y un resumen detallado de los factores sociales, psicológicos y
biológicos que pueden haber contribuido a la aparición de un trastorno mental
concreto. Es decir, para establecer un diagnóstico de trastorno mental no basta
con comprobar la presencia de los síntomas citados en los criterios de
diagnóstico. Aunque la comprobación sistemática de la presencia de estos
criterios y de la forma en que los presenta cada paciente asegura una
evaluación más fiable, la gravedad relativa y la validez de cada criterio
individual, así como su contribución al diagnóstico, requieren un juicio clínico.
Los síntomas de nuestros criterios diagnósticos forman parte de un repertorio
relativamente limitado de respuestas emocionales humanas a tensiones internas y
externas, que generalmente se mantienen en un equilibrio homeostático sin
interrupción, en condiciones normales. Se necesita formación clínica para
decidir cuándo la combinación de factores predisponentes, desencadenantes,
perpetuadores y protectores, ha dado lugar a una afección psicopatológica cuyos
signos y síntomas rebasan los límites de la normalidad. El objetivo final de la
redacción de la historia clínica radica en la utilización de la información
disponible sobre el contexto y el diagnóstico, para elaborar un plan de
tratamiento integral adecuadamente fundamentado en el contexto cultural y
social del individuo. Sin embargo, las recomendaciones para la selección y la
utilización de las opciones de tratamiento basado en la evidencia más adecuadas
para cada trastorno superan los límites de este manual.
Aunque
en los criterios de diagnóstico de los distintos trastornos que se incluyen en
la sección II son el fruto de décadas de esfuerzo científico, es bien sabido
que este conjunto de categorías de diagnóstico no puede describir con absoluto
detalle todo el rango de trastornos mentales que pueden experimentar los
individuos y presentarse a diario ante cualquier médico en cualquier parte del
mundo. El abanico de interacciones genéticas y ambientales que a lo largo del
desarrollo humano ha afectado a su función cognitiva, emocional y comportamental,
es prácticamente ilimitado. En consecuencia, es imposible abarcar absolutamente
toda la psicopatología en las categorías de diagnóstico que estamos utilizando
ahora. Por eso es necesario incluir las opciones de “otros especificados / no
especificados” para aquellos cuadros que no se ajustan exactamente a los
límites diagnósticos de los trastornos de cada capítulo. A veces en la sala de
urgencias sólo será posible identificar los síntomas más destacados que van
asociados a un capítulo concreto (por ejemplo, ideas delirantes, alucinaciones,
manías, depresión, ansiedad, intoxicación por substancias o síntomas
neurocognitivos) que provisionalmente se definirán como un trastorno “no
especificado” de esa categoría, a la espera de poder hacer un diagnóstico
diferencial completo.
DEFINICIÓN DE TRASTORNO MENTAL
Cada
uno de los trastornos identificados en la sección II del manual (excepto los de
los capítulos titulados “Trastornos del movimiento inducidos por medicamentos y
otros efectos adversos de los medicamentos” y “Otras afecciones que pueden ser
objeto de atención clínica”) debe cumplir la definición de trastorno mental.
Aunque ninguna definición puede abarcar todos los aspectos de todos los
trastornos que contiene el DSM-5, se deben cumplir los siguientes elementos:
UTILIZACIÓN DEL MANUAL
Un
trastorno mental es un síndrome caracterizado por una alteración clínicamente
significativa del estado cognitivo, la regulación emocional o el comportamiento
de un individuo, que refleja una disfunción de los procesos psicológicos,
biológicos o del desarrollo que subyacen en su función mental. Habitualmente
los trastornos mentales van asociados a un estrés significativo o una discapacidad,
ya sea social, laboral o de otras actividades importantes. Una respuesta
predecible o culturalmente aceptable ante un estrés usual o una pérdida, tal
como la muerte de un ser querido, no constituye un trastorno mental. Un
comportamiento socialmente anómalo (ya sea político, religioso o sexual) y los
conflictos existentes principalmente entre el individuo y la sociedad, no son trastornos
mentales salvo que la anomalía o el conflicto sean el resultado de una
disfunción del individuo, como las descritas anteriormente
El
diagnóstico de un trastorno mental debe tener una utilidad clínica: debe ser
útil para que el médico determine el pronóstico, los planes de tratamiento y
los posibles resultados del tratamiento en sus pacientes. Sin embargo, el
diagnóstico de un trastorno mental no equivale a una necesidad de tratamiento.
La necesidad de tratamiento es una decisión clínica compleja que debe tomar en
consideración la gravedad del síntoma, su significado (p. ej. la presencia de ideas
de suicidio), el sufrimiento del paciente (dolor mental) asociado con el
síntoma, la discapacidad que implican dichos síntomas, los riesgos y los
beneficios de los tratamientos disponibles y otros factores (p. ej. síntomas
psiquiátricos que complican otras enfermedades). Por eso a veces el médico se
encuentra con pacientes cuyos síntomas no cumplen todos los criterios de un
trastorno mental pero que claramente necesitan tratamiento o asistencia. El
hecho de que algunos individuos no presenten todos los síntomas característicos
de un diagnóstico no se debe utilizar para justificar una limitación de su
acceso a la asistencia adecuada.
El abordaje para validar los criterios diagnósticos de las distintas categorías de los trastornos mentales se ha basado en los siguientes tipos de evidencia: factores validantes de los antecedentes (marcadores genéticos similares, rasgos familiares, temperamento y exposición al entorno), factores validantes simultáneos (sustratos neurales similares, biomarcadores, procesamiento emocional y cognitivo, y similitud de síntomas), y factores validantes predictivos (curso clínico y respuesta al tratamiento similares). En el DSM-5 reconocemos que los criterios de diagnóstico actuales para cada trastorno concreto no identifican necesariamente un grupo homogéneo de pacientes que pueda ser caracterizado con fiabilidad con todos estos factores validantes. La evidencia existente demuestra que si bien estos factores validantes sobrepasan los límites actuales del diagnóstico, tienden a congregarse con mayor frecuencia dentro y entre capítulos adyacentes del DSM-5
Hasta
que se identifiquen de forma incontestable los mecanismos etiológicos o
fisiopatológicos que permitan validar por completo un trastorno o espectro de
trastornos específico, la regla más importante para establecer los criterios
del trastorno del DSM-5 será su utilidad clínica para valorar su curso y la
respuesta de los individuos agrupados en función de un conjunto dado de
criterios diagnósticos
Esta
definición de trastorno mental se redactó con fines clínicos, de salud pública
y de investigación. Habitualmente se necesita más información que la que
contienen los criterios diagnósticos del DSM-5 para hacer juicios legales sobre
temas tales como responsabilidad criminal, elegibilidad para recibir una
compensación por discapacidad y competencia (véase “Declaración cautelar para
el empleo forense del DSM-5” más adelante en este manual)
CRITERIOS DE SIGNIFICACIÓN CLÍNICA
El
grupo de trabajo del DSM-5 y la Organización Mundial de la Salud (OMS) han
hecho importantes esfuerzos para separar los conceptos de trastorno mental y
discapacidad (desequilibrios en áreas sociales, laborales u otras áreas
importantes). En el sistema de la OMS, la Clasificación Internacional de
Enfermedades (CIE), abarca todas las enfermedades y trastornos, mientras que la
Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la
Salud (CIF) constituye una clasificación independiente para la discapacidad
global. A su vez se ha demostrado que la Escala de Evaluación de las Discapacidades
de la OMS (WHODAS), que se basa en la CIF, es una medida estandarizada útil de
la discapacidad por causa de los trastornos mentales. Sin embargo, en ausencia
de marcadores biológicos claros o de medidas clínicas útiles de la gravedad de
muchos trastornos mentales, no ha sido posible separar por completo las
expresiones de síntomas norma-les y patológicos que se incluyen en los
criterios de diagnóstico. Esta carencia de información es especialmente
problemática en situaciones clínicas en las que el síntoma que presenta el
paciente por sí mismo (especialmente en niveles leves) no es inherentemente
patológico y puede encontrarse en individuos para quienes el diagnóstico de
“trastorno mental” sería inadecuado. Por eso se ha utilizado el criterio
general de exigir que haya malestar significativo o discapacidad para
establecer los umbrales del trastorno; habitualmente se dice que “el trastorno
provoca un malestar clínicamente significativo o un deterioro social, laboral o
de otras áreas importantes de la actividad del individuo”. El texto obtenido
tras la definición revisada del trastorno mental destaca que este criterio
puede ser especialmente útil para determinar la necesidad de tratamiento de un
paciente. Se recomienda aprovechar la información de otros miembros de la
familia y de terceros (además de la del individuo) sobre las actitudes del
individuo, siempre que sea necesario
ELEMENTOS DE UN
DIAGNÓSTICO
CRITERIOS DIAGNÓSTICOS Y
ELEMENTOS DESCRIPTIVOS
Los
criterios diagnósticos se plantean como directrices para establecer un
diagnóstico, su utilización debe estar presidida por el juicio clínico. Las
descripciones en forma de texto del DSM-5, incluyendo las secciones
introductorias de cada capítulo de diagnóstico, pueden ayudar a apoyar un
diagnóstico (p. ej. aportando diagnósticos diferenciales o detallando mejor los
criterios en el apartado “Características diagnósticas”)
Una
vez hecha la evaluación de los criterios diagnósticos, será el médico quien
decida sobre la aplicación de los subtipos y/o especificadores del trastorno
que considere apropiado. Hay que citar los especificadores de la gravedad y del
curso para definir el estado actual del individuo, pero sólo cuando se cumplan
todos los criterios
Si
no se cumplen todos los criterios, el clínico deberá considerar si la presentación
de los síntomas cumple los criterios para ser denominada “otra especificada” o
“no especificada”. Siempre que es posible se indican los criterios específicos
para definir la gravedad del trastorno (es decir, leve, moderado, grave,
extremo), sus características descriptivas (por ejemplo, con raciocinio bueno o
aceptable; en un entorno controlado) y su curso (por ejemplo en remisión
parcial, en remisión total, recidiva). En función de la entrevista clínica, las
descripciones del texto, los criterios y el juicio clínico, se hace un
diagnóstico final
La
convención general del DSM-5 es que permite asignar múltiples diagnósticos a
los cuadros que reúnan los criterios de más de un trastorno del DSM-5
SUBTIPOS Y
ESPECIFICADORES
Se
indican subtipos y especificadores (algunos codificados en el cuarto, quinto o
sexto dígito) para incrementar la especificidad. Los subtipos se definen como
subgrupos fenomenológicos dentro de un diagnóstico, mutuamente exclusivos y en
conjunto exhaustivos, y están indicados con la instrucción “Especificar si”
dentro del conjunto de criterios. Por el contrario, los especificadores no
pretenden ser mutuamente exclusivos o en conjunto exhaustivos y en consecuencia
se puede citar más de un especificador. Los especificadores se indican con la
instrucción “Especificar” o “Especificar si” dentro del conjunto de criterios.
Los especificadores ofrecen la oportunidad de definir un subgrupo más homogéneo
de individuos que sufren el trastorno y comparten determinadas características
(p. ej., trastorno mayor de
depresión
con características mixtas), y aportan información relevante para el
tratamiento del trastorno del individuo, como la especificación “con otra
comorbilidad médica” en los trastornos del sueño y vigilia. Aunque a veces se
asigna un quinto dígito para codificar un subtipo o un especificador (p. ej.
294.11 [F02.81] trastorno neurocognitivo mayor debido a la enfermedad de
Alzheimer, con alteración del comportamiento), o la gravedad (296.21 [F32.0]
trastorno depresivo mayor, episodio único, leve), la mayoría de subtipos y
especificadores que se incluyen en el DSM-5 no se pueden codificar con los
sistemas CIE-9-MC ni CIE-10-MC; por eso se indican solamente incluyendo el
subtipo o el especificador tras el nombre del trastorno (p. ej. trastorno de
ansiedad social [fobia social], tipo de actuación). Obsérvese que en algunos
casos el especificador o el subtipo se pueden codificar en la CIE-10-MC pero no
en la CIE-9-MC
En
consecuencia, en algunos casos se cita la cuarta o quinta cifra del código del
subtipo o el especificador, que solamente hace referencia a los códigos de la
CIE-10-MC
Habitualmente
el diagnóstico de la DSM-5 se aplica al estado actual que presenta el individuo
en ese momento; los diagnósticos anteriores de los cuales el individuo ya se
haya recuperado se deben identificar claramente como tales. Los especificadores
que se refieren al curso (es decir, en remisión parcial, en remisión total)
deben estar listados al final del diagnóstico y se indican en algunos conjuntos
de criterios. Cuando existen, se indican especificadores de gravedad para ayudar
al médico a clasificar la intensidad, frecuencia, duración, número de síntomas
u otros indicadores de la gravedad de un trastorno. Las especificaciones de la
gravedad están indicadas con la instrucción “Especificar la gravedad actual” en
el conjunto de criterios, e incluyen definiciones específicas de los
trastornos. También se han incluido especificadores descriptivos en el conjunto
de criterios, que aportan información adicional que puede fundamentar la
planificación del tratamiento (p. ej., trastorno obsesivo compulsivo con escaso
raciocinio). No todos los trastornos contienen especificadores del curso, la
gravedad y/o de sus características descriptivas
Trastornos
del movimiento inducidos por medicamentos y otras afecciones que pueden ser el
foco de atención clínica
Además
de importantes factores psicosociales y del entorno, se incluyen afecciones que
no son trastornos mentales pero con las que se puede encontrar el clínico que
se ocupa de la salud mental. Estas afecciones aparecen en forma de lista de
razones para una visita médica, además de o en lugar de los trastornos mentales
listados en la Sección II. Se dedica otro
capítulo aparte a los trastornos inducidos por medicamentos y otros efectos
adversos de estos, que pueden ser evaluados y tratados por los clínicos que se
ocupan de la salud mental, como la acatisia, la discinesia tardía o la
distonía. La descripción de síndrome neuroléptico maligno se amplía en relación
con la que se dio en el DSM-IV-TR, para destacar la naturaleza urgente y
potencialmente mortal de esta afección; se añade una entrada nueva sobre el
síndrome de interrupción de antidepresivos. Otro capítulo revisa otras
afecciones merecedoras de atención clínica. En él se incluyen problemas de
relación, problemas relacionados con abuso y negligencia, problemas de
cumplimiento de pautas terapéuticas, obesidad, comportamiento antisocial y
simulaciones.
DIAGNÓSTICO PRINCIPAL
Cuando
un paciente hospitalizado recibe más de un diagnóstico, el diagnóstico
principal es la afección que se establece como causa fundamental del ingreso
del paciente. Cuando un paciente ambulatorio recibe más de un diagnóstico, el
motivo de la visita es la afección fundamental responsable de la asistencia
médica ambulatoria recibida durante la visita. En la mayoría de los casos el
diagnóstico principal o el motivo de la visita también es el principal foco de
atención o de tratamiento. Con frecuencia es difícil (y a veces arbitrario)
determinar cuál es el diagnóstico principal o el motivo de la visita,
especialmente cuando un diagnóstico relacionado con una sustancia, como por
ejemplo el trastorno por consumo de alcohol, está acompañado de otro
diagnóstico que no tiene relación con ninguna sustancia, como la esquizofrenia.
En este ejemplo se pueden tener dudas a la hora de decidir qué diagnóstico debe
ser considerado “principal” en un individuo hospitalizado con esquizofrenia y
trastorno por consumo de alcohol, porque ambas afecciones pueden haber
contribuido por igual a la necesidad de ingreso y tratamiento. El diagnóstico
principal debe citarse en primer lugar y el resto de trastornos son citados por
orden de necesidad de atención y tratamiento. Cuando el diagnóstico principal o
motivo de la visita es un trastorno mental debido a una afección médica (p. ej.
trastorno neurocognitivo mayor debido a una enfermedad de Alzheimer, trastorno
psicótico debido a un cáncer de pulmón), las reglas de codificación de la CIE
indican que la etiología de la afección médica se debe citar en primer lugar.
En ese caso el diagnóstico citado en segundo lugar sería el trastorno mental
debido a la afección médica, el cual corresponde al diagnóstico principal o
motivo de la visita. En la mayoría de los casos el trastorno citado como el
diagnóstico principal o el motivo de la visita va seguido por una frase
calificativa “(diagnóstico principal)” o “(motivo de la visita)”
DIAGNÓSTICO PROVISIONAL
El
especificador “provisional” se puede utilizar cuando existe una fundada
suposición de que al final se cumplirán todos los criterios de un trastorno,
pero en el momento de establecer el diagnóstico no existe información
suficiente para considerarlo definitivo. El clínico puede indicar la
incertidumbre anotando “(provisional)” después del diagnóstico. Por ejemplo,
este diagnóstico se puede utilizar cuando un individuo que parece sufrir un
trastorno depresivo mayor no es capaz de dar información adecuada para la
anamnesis y por lo tanto no se puede confirmar que cumpla todos los criterios.
Otro uso del término provisional se aplica a las situaciones en las que el
diagnóstico diferencial depende exclusivamente de la duración de la enfermedad.
Por ejemplo, un diagnóstico de trastorno esquizofreniforme requiere una duración
superior a 1 mes e inferior a 6 meses; y por eso sólo se puede aplicar
provisionalmente mientras no se ha alcanzado la remisión.
MÉTODOS DE CODIFICACIÓN Y
PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO
Cada
trastorno va acompañado de una identificación diagnóstica y un código estadístico,
que es el que usan las instituciones y los departamentos de salud para la
obtención de datos y con fines de facturación
Existen
protocolos de registro específicos para estos códigos diagnósticos
(identificados como notas de codificación en el texto), que fueron redactados
por la OMS, los centros norteamericanos Medicare and Medicaid Services (CMS),
los Centros para el Control de Enfermedades y el Centro Nacional de Prevención
para Estadísticas de Salud con el objetivo de garantizar una codificación
internacional uniforme de las tasas de prevalencia y mortalidad de las
afecciones de salud identificadas
La
mayoría de los clínicos usan los códigos para identificar el diagnóstico o el
motivo de la visita a los CMS y en casos de reclamación a seguros privados. El
sistema oficial de codificación que se usa en Estados Unidos en el momento de
la publicación de esta guía es CIE-9-MC. La adopción oficial del CIE-10-MC está
programada para el 1o de octubre de 2014, por lo que los códigos
correspondientes, que en esta guía se indican entre paréntesis, no se deben
utilizar hasta que se produzca su implementación oficial. Los códigos CIE-9-MC
y CIE-10-MC se han listado por un lado antecediendo el nombre del trastorno en
la clasificación y por otro acompañando al conjunto de criterios de cada
trastorno
Para
algunos diagnósticos (p. ej. trastornos neurocognitivos o trastornos inducidos
por sustancias/medicamentos), el código correcto dependerá de su especificación
posterior y está incluido dentro de los criterios establecidos para definir el
trastorno, en forma de notas de codificación, y en algunos casos se explican
con más detalle en una sección sobre procedimientos de registro. Los nombres de
los trastornos van seguidos por una denominación alternativa entre paréntesis,
que en la mayoría de los casos es el nombre del trastorno que se dio en el
DSM-IV MIRANDO AL FUTURO:
HERRAMIENTAS DE
EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
Los
diversos componentes del DSM-5 están disponibles para facilitar la evaluación
del paciente y ayudar en el proceso de formulación del caso en forma integral.
Mientras que los criterios de diagnóstico de la sección II son medidas bien
definidas que han pasado por una amplia revisión, consideramos que las
herramientas de evaluación, la entrevista adaptada a los aspectos culturales y
las condiciones para un estudio posterior que se incluyen en la sección III no
disponen todavía de la evidencia científica suficiente para avalar su
aplicación generalizada en clínica. Estas ayudas y criterios de diagnóstico se
incluyen para destacar la evolución y la dirección de los avances científicos
en estas áreas y para estimular que se siga investigando
Cada
una de las medidas de la sección III se ofrece como ayuda para hacer una
evaluación integral de los individuos que contribuirán al diagnóstico y a
diseñar un plan de tratamiento ajustado a su cuadro clínico y su contexto.
Mientras que la dinámica cultural es especialmente importante para la
evaluación y el diagnóstico, la entrevista adaptada a los aspectos culturales
se debe considerar como un elemento de ayuda útil para comunicarse con el
individuo. Los síntomas diagnósticos transversales y las escalas de gravedad
específicas de los diagnósticos proporcionan una clasificación cuantitativa de
importantes áreas clínicas que están diseñadas para ser utilizadas en la
primera evaluación y establecer así la situación inicial que permita su
comparación con clasificaciones, para hacer un seguimiento en visitas
posteriores y fundamentar la planificación del tratamiento
La
aplicación de estas medidas sin duda será más fácil gracias a la tecnología
digital; las escalas de medida se incluyen en la sección III para que sean
evaluadas y desarrolladas. Igual que en cada edición del DSM, los criterios
diagnósticos y la clasificación DSM-5 de los trastornos mentales reflejan el
consenso actual sobre la evolución de los conocimientos en nuestro campo
DECLARACIÓN CAUTELAR PARA EL
EMPLEO FORENSE DEL DSM-5
Aunque
los criterios de diagnóstico y el texto del DSM-5 se han pensado
fundamentalmente para ayudar al clínico a realizar una evaluación clínica, una
formulación del caso y un plan de tratamiento, el DSM-5 también se utiliza
como referencia en los juzgados / tribunales y por los abogados para evaluar
las consecuencias forenses de los trastornos mentales. En consecuencia, es
importante observar que la definición de trastorno mental que contiene el DSM-5
se redactó para satisfacer las necesidades de los clínicos, los profesionales de
la salud pública y los investigadores, antes que para las necesidades técnicas
de los juzgados y los profesionales que prestan servicios legales. También es
importante observar que el DSM-5 no ofrece ninguna recomendación de tratamiento
para ningún trastorno
Cuando
se usan adecuadamente, la información sobre el diagnóstico y el procedimiento
para obtenerlo pueden ayudar a los profesionales de la ley a tomar decisiones.
Por ejemplo, cuando es fundamental confirmar la presencia de un trastorno
mental para cualquier determinación legal posterior (por ejemplo, confinamiento
civil involuntario), la aplicación de un sistema de diagnóstico consensuado refuerza
la validez y la fiabilidad de la determinación. Al ofrecer un compendio basado
en la revisión de la correspondiente literatura clínica y de investigación, el
DSM-5 ayuda a quien corresponda tomar decisiones legales a comprender las
características relevantes de los trastornos mentales. La literatura
relacionada con los diagnósticos también sirve para descartar cualquier
especulación sin fundamento sobre un trastorno mental y para entender el
comportamiento de un individuo. Finalmente, la información sobre la evolución
del curso clínico ayudará a mejorar la toma de decisiones cuando la cuestión
legal se relacione con el funcionamiento mental del individuo en instantes
pasados o futuros
Sin
embargo, la aplicación del DSM-5 debe ir acompañada de la advertencia sobre los
riesgos y las limitaciones de su utilización en cuestiones forenses. Cuando se emplean las
categorías, los criterios y las descripciones textuales del DSM-5 con fines
legales, existe el riesgo de que la información sobre el diagnóstico se use o
se entienda Incorrectamente. Estos peligros se derivan del desajuste existente
entre las cuestiones fundamentales que interesan a la ley y la información que
contiene un diagnóstico clínico. En la mayoría de los casos, el diagnóstico
clínico de un trastorno mental del DSM-5, como una discapacidad intelectual
(trastorno del desarrollo intelectual), una esquizofrenia, un trastorno
neurocognitivo mayor, una ludopatía o una pedofilia, no implica que un
individuo con dicha afección cumpla los criterios legales de existencia de un
trastorno mental ni los de una norma legal concreta (por ejemplo, competencia,
responsabilidad criminal o discapacidad). Para esto último acostumbra a ser
necesaria más información que la que contiene el diagnóstico del DSM5, como
podría ser información sobre el deterioro funcional del individuo y sobre la
forma como este afecta a las determinadas capacidades en cuestión. Precisamente
por el hecho de que los impedimentos, capacidades y discapacidades pueden
variar mucho dentro de cada categoría diagnóstica, la atribución de un
diagnóstico concreto no implica un grado específico de desequilibrio o
discapacidad
No
se recomienda que las personas sin formación clínica, médica y, en general, sin
la formación adecuada, utilicen el DSM-5 para valorar la presencia de un
trastorno mental.
Asimismo, también debemos advertir a quienes tomen decisiones no clínicas que
el diagnóstico no implica necesariamente una etiología o unas causas concretas del
trastorno mental del individuo, ni constituye una valoración del grado de
control que pueda tener sobre los comportamientos que pudieran estar asociados
con el trastorno. Incluso cuando la reducción de la capacidad de control del
propio comportamiento sea una característica del trastorno, el diagnóstico en
sí mismo no demuestra que un individuo en particular sea (o haya sido) incapaz
de controlar su comportamiento en un momento dado
ÍNDICE:
TRASTORNOS DEL DESARROLLO NEUROLÓGICO
DISCAPACIDADES
INTELECTUALES
Discapacidad
intelectual (trastorno del desarrollo intelectual)
Especificar la gravedad actual:
317 Leve
318.0 Moderado
318.1 Grave
318.2 Profundo
315.8 Retraso general del desarrollo
319 Discapacidad intelectual (trastorno del
desarrollo
intelectual) no especificada
TRASTORNOS DE LA COMUNICACIÓN
315.32 Trastorno del lenguaje
315.39 Trastorno fonológico
315.35 Trastorno de fluidez (tartamudeo) de inicio
en la infancia
Nota: Los casos de inicio más tardío se
diagnostican
como trastorno de fluidez de inicio en el
adulto
315.39 Trastorno de la comunicación social
(pragmático)
307.9 Trastorno de la comunicación no especificado
TRASTORNO DEL ESPECTRO DEL AUTISMO
299.00 Trastorno del espectro del autismo
Especificar si: Asociado a una afección médica o genética, o
a un factor ambiental conocidos; Asociado a otro trastorno del desarrollo
neurológico, mental o del comportamiento
Especificar la gravedad actual de los Criterios A y
de los Criterios B: Necesita ayuda muy
notable,
Necesita ayuda notable, Necesita ayuda
Especificar si: Con o sin déficit intelectual acompañante, con
o sin deterioro del lenguaje acompañante, con catatonía (emplear el código adicional
TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD
TRASTORNO POR DÉFICIT DE ATENCIÓN CON HIPERACTIVIDAD
Especificar si:
314.01 Presentación combinada
314.00 Presentación predominante con falta de atención
314.01 Presentación predominante hiperactiva / impulsiva
Especificar si: En remisión parcial
Especificar la gravedad actual: Leve, moderado, grave
314.01 Otro trastorno por déficit de atención con
hiperactividad especificado
314.01 Trastorno por déficit de atención con
hiperactividad no especificado
TRASTORNO ESPECÍFICO DEL APRENDIZAJE
TRASTORNO ESPECÍFICO
DEL APRENDIZAJE
Especificar si:
315.00 Con dificultad en la lectura (especificar si
con corrección de la lectura de palabras, velocidad o fluidez de lectura,
comprensión de la lectura)
315.2 Con dificultad en la expresión escrita (especificar
si con corrección ortográfica, corrección gramatical y de la puntuación, claridad
u organización de la expresión escrita)
315.1 Con dificultad matemática (especificar si con
sentido de los números, memorización de operaciones aritméticas, cálculo
correcto o fluido, razonamiento matemático correcto)
Especificar la gravedad actual: Leve, moderado, grave
TRASTORNOS MOTORES
315.4 Trastorno del desarrollo de la coordinación
307.3 Trastorno de movimientos estereotipados
Especificar si: Con comportamiento autolesivo, Sin comportamiento
autolesivo
Especificar si: Asociado a una afección médica o genética,
trastorno del desarrollo neurológico o factor ambiental conocidos
Especificar la gravedad actual: Leve, moderado, grave
TRASTORNOS DE TICS
307.23 Trastorno de la Tourette
307.22 Trastorno de tics motores o vocales
persistente (crónico)
Especificar si: Sólo con tics motores, Sólo con tics vocales
307.21 Trastorno de tics transitorio
307.20 Otro trastorno de tics especificado
307.20 Trastorno de tics no especificado
OTROS TRASTORNOS DEL DESARROLLO NEUROLÓGICO
315.8 Otro trastorno del desarrollo neurológico especificado
315.9 Trastorno del desarrollo neurológico no especificado
ESPECTRO DE LA ESQUIZOFRENIA
Y OTROS TRASTORNOS PSICÓTICOS
Los siguientes especificadores se aplican al
espectro de la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos en los casos
indicados:
Especificar si: Los siguientes especificadores del curso sólo
se utilizarán después de un año de duración del trastorno: Primer episodio,
actualmente en episodio agudo; Primer episodio, actualmente en remisión parcial;
Primer episodio, actualmente en remisión total; Episodios múltiples,
actualmente en episodio agudo; Episodios múltiples, actualmente en remisión
parcial; Episodios múltiples, actualmente en remisión total; Continuo; No
especificado Especificar si: Con catatonía (utilizar el código adicional 293.89
[F06.1]) c
Especificar la gravedad actual de los
delirios, alucinaciones, habla desorganizada, conducta psicomotora anómala,
síntomas negativos, deterioro cognitivo, depresión y síntomas maníacos
301.22 Trastorno esquizotípico (de la personalidad)
297.1 Trastorno de delirios
Especificar si: tipo erotomaníaco, tipo de grandeza, tipo
celotípico, tipo persecutorio, tiposomático, tipo mixto, tipo no especificado
Especificar si: Con contenido extravagante
298.8 Trastorno psicótico breve
Especificar si: Con factor(es) de estrés notable(s),
Sin factor(es) de estrés notable(s), con
inicio posparto
295.40 Trastorno esquizofreniformeb
Especificar si: Con características de buen pronóstico, sin
características de buen pronóstico
295.90 Esquizofrenia
Trastorno esquizoafectivo
Especificar si:
295.70 Tipo bipolar
295.70 Tipo depresivo
TRASTORNO PSICÓTICO INDUCIDO POR SUSTANCIAS / MEDICAMENTOS
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación,
Con inicio durante la abstinencia
Trastorno psicótico debido a otra afección
médica
Especificar si:
293.81 Con delirios
293.82 Con alucinaciones
293.89 Catatonía asociada a otro trastorno mental
(especificador de catatonía)
293.89 Trastorno catatónico debido a otra afección médica
293.89 Catatonía no especificada
Nota: Codificar en primer lugar 781.99
(R29.818) otros síntomas
que afectan a los sistemas nervioso y musculo
esquelético
298.8 Otro trastorno del espectro de la
esquizofrenia
especificado y otro trastorno psicótico
298.9 Trastorno del espectro de la esquizofrenia
no especificado y otro trastorno psicótico
TRASTORNO BIPOLAR Y TRASTORNOS RELACIONADOS
Los siguientes especificadores se aplican a
los trastornos bipolar y trastornos relacionados en los casos indicados:
Especificar: Con ansiedad (especificar la gravedad
actual: leve, moderado, moderado - grave, grave); con características mixtas; con
ciclos rápidos; con características melancólicas; con características atípicas;
con características psicóticas congruentes con el estado de ánimo; con
características psicóticas no congruentes con el estado de ánimo; con catatonía
(utilizar el código adicional; con inicio durante el periparto; con patrón
estacional
TRASTORNO BIPOLAR
EPISODIO MANÍACO
ACTUAL O MÁS RECIENTE
296.41 Leve
296.42 Moderado
296.43 Grave
296.44 Con características psicóticas
296.45 En remisión parcial
296.46 En remisión total
296.40 No especificado
296.40 Episodio hipomaníaco actual o más reciente
296.45 En remisión parcial
296.46 En remisión total
296.40 No especificado
EPISODIO DEPRESIVO ACTUAL O MÁS RECIENTE
296.51 Leve
296.52 Moderado
296.53 Grave
296.54 Con características psicóticas
296.55 En remisión parcial
296.56 En remisión total
296.50 No especificado
296.7 Episodio no especificado actual o más
reciente
296.89 Trastorno bipolar
Especificar el episodio actual o más reciente:
Hipomaníaco, depresivo
Especificar el curso si no se cumplen actualmente
todos los criterios para un episodio del
estado
de ánimo: En remisión parcial, En remisión
total
Especificar la gravedad si se cumplen actualmente
todos los criterios para un episodio del
estado
de ánimo: Leve, Moderado, Grave
301.13 Trastorno ciclotímico
Especificar si: Con ansiedad
Trastorno bipolar y trastorno relacionado
inducidos por sustancias / medicamentos
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación,
CON INICIO DURANTE LA ABSTINENCIA
293.83 Trastorno bipolar y trastorno relacionado
debidos
a otra afección médica
Especificar si: Con características maníacas. Con episodio de
tipo maníaco o hipomaníaco. Con características mixtas
296.89 Otro trastorno bipolar y trastorno
relacionado especificados
296.80 Trastorno bipolar y trastorno relacionado no especificados
TRASTORNOS DEPRESIVOS
Los siguientes especificadores se aplican a
los trastornos depresivos en los casos indicados: Especificar:
con ansiedad (especificar la gravedad actual: leve, moderado, moderado - grave,
grave); con características mixtas; con características melancólicas; con características
atípicas; con características psicóticas congruentes con el estado de ánimo; con
características psicóticas no congruentes con el estado de ánimo; con catatonía
(utilizar el código adicional 293.89 [F06.1]); con inicio durante el periparto;
con patrón estacional
296.99 Trastorno de desregulación perturbador del estado
de ánimo
TRASTORNO DE DEPRESIÓN MAYORA
EPISODIO ÚNICO
296.21 Leve
296.22 Moderado
296.23 Grave
296.24 Con características psicóticas
296.25 En remisión parcial
296.26 En remisión total
296.20 No especificado
EPISODIO RECURRENTE
296.31 Leve
296.32 Moderado
296.33 Grave
296.34 Con características psicóticas
296.35 En remisión parcial
296.36 En remisión total
296.30 No especificado
300.4 Trastorno depresivo persistente (distimia)
Especificar si: En remisión parcial, En remisión total
Especificar si: Inicio temprano, Inicio tardío
Especificar si: Con síndrome distímico puro; Con episodio de
depresión mayor persistente; Con episodios intermitentes de depresión mayor, con
episodio actual; Con episodios intermitentes de depresión mayor, sin episodio
actual Especificar la gravedad actual: Leve, Moderado, Grave
625.4 Trastorno disfórico premenstrual
TRASTORNO DEPRESIVO INDUCIDO POR SUSTANCIAS / MEDICAMENTOS
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación,
Con inicio durante la abstinencia
293.83 Trastorno depresivo debido a otra afección médica
Especificar si: Con características depresivas. Con episodio
de tipo de depresión mayor. Con características mixtas
311 Otro trastorno depresivo especificado
311 Trastorno depresivo no especificado
Trastornos de ansiedad
309.21 Trastorno de ansiedad por separación
313.23 Mutismo selectivo
300.29 Fobia específica
Especificar si: Animal. Entorno natural. Sangre – inyección –
lesión. Miedo a la sangre. Miedo a las inyecciones y transfusiones. Miedo a
otra atención médica. Miedo a una lesión. Situacional. Otra
300.23 Trastorno de ansiedad social (fobia social)
Especificar si: Sólo actuación
300.01 Trastorno de pánico
Especificador de ataque de pánico
300.22 Agorafobia
300.02 Trastorno de ansiedad generalizada
TRASTORNO DE ANSIEDAD INDUCIDO POR SUSTANCIAS / MEDICAMENTOS
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación, con
inicio durante la abstinencia, con inicio después del consumo de medicamentos
293.84 Trastorno de ansiedad debido a otra afección médica
300.09 Otro trastorno de ansiedad especificado
300.00 Trastorno de ansiedad no especificado
TRASTORNO OBSESIVO – COMPULSIVO
Y TRASTORNOS RELACIONADOS
Los siguientes especificadores se aplican a
los trastornos obsesivo-compulsivos y trastornos relacionados en los casos
indicados: Especificar si: Con introspección de la enfermedad buena o
aceptable, con poca introspección de la enfermedad, con ausencia de
introspección de la enfermedad / con creencias delirantes
300.3 Trastorno obsesivo – compulsivo
Especificar si: Relacionado con tics
300.7 Trastorno dismórfico corporal
Especificar si: Con dismorfia muscular
300.3 Trastorno de acumulación
Especificar si: Con adquisición excesiva
312.39 Tricotilomanía (trastorno de arrancarse el
cabello)
698.4 Trastorno de excoriación (dañarse la piel)
Trastorno obsesivo-compulsivo y trastorno relacionado
inducidos por sustancias / medicamentos
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación, Con
inicio durante la abstinencia, Con inicio después del uso del medicamento
294.8 Trastorno obsesivo - compulsivo y trastorno
relacionado debidos a otra afección médica
Especificar si: con síntomas de tipo trastorno obsesivo
- compulsivo, con preocupación por el aspecto, con síntomas de acumulación, con
síntomas de arrancarse el cabello, con síntomas de dañarse la piel
300.3 Otro trastorno obsesivo - compulsivo y
trastorno relacionado especificados
300.3 Trastorno obsesivo - compulsivo y trastorno relacionado
no especificados
TRASTORNOS RELACIONADOS CON
TRAUMAS Y FACTORES DE ESTRÉS
313.89 Trastorno de apego reactivo
Especificar si: Persistente
Especificar la gravedad actual: Grave
313.89 Trastorno de relación social desinhibida
Especificar si: Persistente
Especificar la gravedad actual: Grave
309.81 Trastorno de estrés postraumático (incluye el
trastorno de estrés postraumático en niños menores de 6 años
Especificar si: Con síntomas disociativos
Especificar si: Con expresión retardada
308.3 Trastorno de estrés agudo
Trastornos de adaptación
Especificar si:
309.0 Con estado de ánimo deprimido
309.24 Con ansiedad
309.28 Con ansiedad mixta y estado de ánimo deprimido
309.3 Con alteración de la conducta
309.4 Con alteración mixta de las emociones o la conducta
309.9 Sin especificar
309.89 Otro trastorno relacionado con traumas y
factores
de estrés especificado
309.9 Trastorno relacionado con traumas y factores
de
estrés no especificado
TRASTORNOS DISOCIATIVOS
300.14 Trastorno de identidad disociativo
300.12 Amnesia disociativa
Especificar si:
300.13 Con fuga disociativa
300.6 Trastorno de despersonalización / desrealización
300.15 Otro trastorno disociativo especificado
300.15 Trastorno disociativo no especificado)
TRASTORNOS DE SÍNTOMAS SOMÁTICOS
Y TRASTORNOS RELACIONADOS
300.82 Trastorno de síntomas somáticos
Especificar si: Con predominio de dolor
Especificar si: Persistente
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave
300.7 Trastorno de ansiedad por enfermedad
Especificar si: tipo con solicitud de asistencia, tipo con
evitación de asistencia
300.11 Trastorno de conversión (trastorno de
síntomas neurológicos funcionales)
Especificar el tipo de síntomas:
Con debilidad o parálisis. Con movimiento
anómalo. Con síntomas de la deglución. Con síntomas del habla. Con ataques o
convulsiones. Con anestesia o pérdida sensitiva. Con síntoma sensitivo especial.
Con síntomas mixtos
Especificar si: Episodio agudo, Persistente
Especificar si: Con factor de estrés psicológico (especificar
el factor de estrés), Sin factor de estrés psicológico
316 Factores psicológicos que afectan a otras afecciones
médicas
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave, extremo
300.19 Trastorno facticio (incluye trastorno
facticio
aplicado a uno mismo, trastorno facticio aplicado
a otro)
Especificar Episodio único, episodios recurrentes
300.89 Otro trastorno de síntomas somáticos y
trastorno relacionado especificados
300.82 Trastorno de síntomas somáticos y trastorno
relacionado no especificados
TRASTORNOS ALIMENTARIOS Y
DE LA INGESTIÓN DE ALIMENTOS
Los siguientes especificadores se aplican a
los trastornos alimentarios y de la ingestión de alimentos en los casos
indicados:
Especificar si: En remisión especificar si:
en remisión parcial, en remisión total
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave, extremo
307.52 Picaa
EN NIÑOS
EN ADULTOS
307.53 Trastorno de rumiación
307.59 Trastorno de evitación/restricción de la
ingestión de alimentosa
307.1 Anorexia nerviosa
Especificar si:
TIPO RESTRICTIVO
TIPO POR ATRACÓN/PURGAS
307.51 Bulimia nerviosa
307.51 Trastorno por atracón
307.59 Otro trastorno alimentario o de la ingestión
de
alimentos especificado
307.50 Trastorno alimentario o de la ingestión de alimentos
no especificado
TRASTORNOS DE LA EXCRECIÓN
307.6 Enuresis
Especificar si: Sólo nocturna, Sólo diurna, Nocturna y diurna
307.7 Encopresis
Especificar si: Con estreñimiento e incontinencia por
desbordamiento; sin estreñimiento e incontinencia por desbordamiento; otro
trastorno de la excreción especificado
788.39 Con síntomas urinarios
787.60 Con síntomas fecales
TRASTORNO DE LA EXCRECIÓN NO ESPECIFICADO
788.30 Con síntomas urinarios
787.60 Con síntomas fecales
TRASTORNOS DEL SUEÑO - VIGILIA
LOS SIGUIENTES ESPECIFICADORES SE APLICAN A LOS TRASTORNOS DEL
SUEÑO VIGILIA EN LOS CASOS INDICADOS:
Especificar si: episódico, persistente, recurrente especificar
si: agudo, subagudo, persistente
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave
307.42 Trastorno de insomnio
Especificar si: Con trastorno mental concurrente no relacionado
con el sueño, con otra afección médica concurrente, con otro trastorno del
sueño
307.44 Trastorno por hipersomnia
Especificar si: con trastorno mental, con afección médica,
con otro trastorno del sueño
Narcolepsia
Especificar si:
347.00 Narcolepsia sin cataplejía pero con
deficiencia de hipocretina
347.01 Narcolepsia con cataplejía pero sin
deficiencia de hipocretina
347.00 Ataxia cerebelosa autosómica dominante, sordera
y narcolepsia
347.00 Narcolepsia autosómica dominante, obesidad
y diabetes de tipo 2
347.10 Narcolepsia secundaria a otra afección médica
TRASTORNOS DEL SUEÑO RELACIONADOS CON LA RESPIRACIÓN
327.23 Apnea e hipopnea obstructiva del sueño
APNEA CENTRAL DEL SUEÑO
Especificar si:
327.21 Apnea central del sueño idiopática
786.04 Respiración de Cheyne - Stokes
780.57 Apnea central del sueño con consumo
concurrente de opiáceos
Nota: Codificar en primer lugar el trastorno
de uso de opiáceos, si está presente
Especificar la gravedad actual
HIPOVENTILACIÓN RELACIONADA CON EL SUEÑO
Especificar si:
327.24 Hipoventilación idiopática
327.25 Hipoventilación alveolar central congénita
327.26 Hipoventilación concurrente relacionada con
el sueño
Especificar la gravedad actual
Trastornos del ritmo circadiano de sueño -
vigilia
Especificar si:
307.45 Tipo de fases de sueño retardadas
Especificar si: familiar, superposición a un tipo
de sueño - vigilia no ajustado a las 24 horas
307.45 Tipo de fases de sueño avanzadas
Especificar si: Familiar
307.45 Tipo de sueño - vigilia irregular
307.45 Tipo de sueño - vigilia no ajustado a las 24
horas
307.45 Tipo asociado a turnos laborales
307.45 Tipo no especificado
PARASOMNIAS
Trastornos del despertar del sueño no REM
Especificar si:
307.46 Tipo con sonambulismo
Especificar si: con ingestión de alimentos relacionada con el
sueño, con comportamiento sexual relacionado con el sueño (sexsomnia)
307.46 Tipo con terrores nocturnos
307.47 Trastorno de pesadillas
Especificar si: Durante el inicio del sueño
Especificar si: Con trastorno asociado no relacionado con el
sueño asociado, Con otra afección médica asociada, Con otro trastorno del sueño
asociado
327.42 Trastorno del comportamiento del sueño REM
333.94 Síndrome de las piernas inquietas
TRASTORNO DEL SUEÑO INDUCIDO POR SUSTANCIAS / MEDICAMENTOS
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC
Especificar si: tipo con insomnio, tipo con somnolencia
diurna, tipo con parasomnia, tipo mixto
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación,
CON INICIO DURANTE LA RETIRADA / ABSTINENCIA
780.52 Otro trastorno de insomnio especificado
780.52 Trastorno de insomnio no especificado
780.54 Otro trastorno de hipersomnia especificado
780.54 Trastorno de hipersomnia no especificado
780.59 Otro trastorno del sueño-vigilia especificado
780.59 Trastorno del sueño-vigilia no especificado
DISFUNCIONES SEXUALES
Los siguientes especificadores se aplican
a las disfunciones sexuales en los casos indicados:
Especificar si: de por vida, adquirido especificar si: generalizado,
situacional
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave
302.74 Eyaculación retardada
302.72 Trastorno eréctil
302.73 Trastorno orgásmico femenino
Especificar si: Nunca experimentó un orgasmo en ninguna
situación
302.72 Trastorno del interés/excitación sexual
femenino
302.76 Trastorno de dolor genito – pélvico / penetración
302.71 Trastorno de deseo sexual hipoactivo en el
varón
302.75 Eyaculación prematura (precoz)
DISFUNCIÓN SEXUAL INDUCIDA POR SUSTANCIAS / MEDICAMENTOS
Nota: Véanse los criterios y procedimientos
de registro correspondientes para los códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Con inicio durante la intoxicación, con
inicio durante la abstinencia, con inicio después de tomar el medicamento
302.79 Otra disfunción sexual especificada
302.70 Disfunción sexual no especificada
DISFORIA DE GÉNERO
Disforia de género
302.6 Disforia de género en niños
Especificar si: Con un trastorno de desarrollo sexual
302.85 Disforia de género en adolescentes y adultos
Especificar si: Con un trastorno de desarrollo sexual
Especificar si: Postransición
Nota: Codificar el trastorno de desarrollo
sexual si está presente,
además de la disforia de género
302.6 Otra disforia de género especificada
302.6 Disforia de género no especificada
TRASTORNOS DESTRUCTIVOS, DEL CONTROL
DE LOS IMPULSOS Y DE LA CONDUCTA
313.81 Trastorno negativista desafiante
Especificar la gravedad actual: leve, moderado,
grave
312.34 Trastorno explosivo intermitente
TRASTORNO DE LA CONDUCTA
Especificar si:
312.81 Tipo de inicio infantil
312.82 Tipo de inicio adolescente
312.89 Tipo de inicio no especificado
Especificar si: Con emociones prosociales limitadas
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave
301.7 Trastorno de la personalidad antisocial
312.33 Piromanía
312.32 Cleptomanía
312.89 Otro trastorno destructivo, del control de
los
impulsos y de la conducta especificado
312.9 Trastorno destructivo, del control de los
impulsos
y de la conducta no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON SUSTANCIAS
Y TRASTORNOS ADICTIVOS
Los siguientes especificadores y nota se
aplican a los trastornos relacionados con sustancias y trastornos adictivos en
los casos indicados: especificar si: en remisión inicial, en remisión
continuada
Especificar si: En un entorno controlado
Especificar si: Con alteraciones de la percepción el código
CIE-10-MC indica la presencia concurrente de un trastorno de uso de sustancias
moderado o grave, que debe estar presente a fin de aplicar el código para
abstinencia de sustancias
TRASTORNOS RELACIONADOS CON SUSTANCIAS
TRASTORNOS RELACIONADOS CON EL ALCOHOL
Trastorno por consumo de alcohol
Especificar la gravedad actual:
305.00 Leve
303.90 Moderado
303.90 Grave
303.00 Intoxicación por alcohol
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
291.81 Abstinencia de alcohol
SIN ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR EL ALCOHOL
291.9 Trastorno relacionado con el alcohol no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LA CAFEÍNA
305.90 Intoxicación por cafeína
292.0 Abstinencia de cafeína
OTRO TRASTORNO INDUCIDO POR LA CAFEÍNA
292.9 Trastorno relacionado con la cafeína no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON EL CANNABIS
TRASTORNO POR CONSUMO DE CANNABIS
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.20 Leve
304.30 Moderado
304.30 Grave
292.89 Intoxicación por cannabis
SIN ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
. CON ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.0 Abstinencia de cannabis
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR EL CANNABIS
292.9 Trastorno relacionado con el cannabis no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LOS ALUCINÓGENOS
TRASTORNO POR CONSUMO DE FENCICLIDINA
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.90 Leve
304.60 Moderado
304.60 Grave
TRASTORNO POR CONSUMO DE OTROS ALUCINÓGENOS
ESPECIFICAR EL ALUCINÓGENO EN PARTICULAR
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.30 Leve
304.50 Moderado
304.50 Grave
292.89 Intoxicación por fenciclidina
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.89 Intoxicación por otro alucinógeno
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.89 Trastorno de percepción persistente por alucinógenos
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR LA FENCICLIDINA
TRASTORNOS INDUCIDOS POR OTROS ALUCINÓGENOS
292.9 Trastorno relacionado con la fenciclidina no especificado
292.9 Trastorno relacionado con los alucinógenos no
especificados
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LOS INHALANTES
TRASTORNO POR CONSUMO DE INHALANTES
ESPECIFICAR EL INHALANTE EN PARTICULAR
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.90 Leve
304.60 Moderado
304.60 Grave
292.89 Intoxicación por inhalantes
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR INHALANTES
292.9 Trastorno relacionado con los inhalantes no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LOS OPIÁCEOS
TRASTORNO POR CONSUMO DE OPIÁCEOS
Especificar si: En terapia de mantenimiento, en un entorno
controlado
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.50 Leve
304.00 Moderado
304.00 Grave
292.89 Intoxicación por opiáceos
. SIN ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
. CON ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.0 Abstinencia de opiáceos
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR OPIÁCEOS
292.9 Trastorno relacionado con opiáceos no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LOS SEDANTES,
HIPNÓTICOS O ANSIOLÍTICOS
TRASTORNO POR CONSUMO DE SEDANTES, HIPNÓTICOS O ANSIOLÍTICOS
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL
305.40 Leve
304.10 Moderado
304.10 Grave
292.89 Intoxicación por sedantes, hipnóticos o
ansiolíticos
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.0 Abstinencia de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos
SIN ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
CON ALTERACIONES DE LA PERCEPCIÓN
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR LOS SEDANTES,
HIPNÓTICOS O ANSIOLÍTICOS
292.9 Trastorno relacionado con los sedantes,
hipnóticos o ansiolíticos no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON LOS ESTIMULANTES
TRASTORNO POR CONSUMO DE ESTIMULANTES
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL: LEVE
305.70 Sustancia anfetamínica
305.60 Cocaína
305.70 Otro estimulante o un estimulante no especificado
Moderado
304.40 Sustancia anfetamínica
304.20 Cocaína
304.40 Otro estimulante o un estimulante no especificado
Grave
304.40 Sustancia anfetamínica
304.20 Cocaína
304.40 Otro estimulante o un estimulante no especificado
292.89 Intoxicación por estimulantes
ESPECIFICAR EL TÓXICO ESPECÍFICO
292.89 Anfetamina u otro estimulante, sin
alteraciones de la percepción
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE CON
TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.89 Cocaína, Sin alteraciones de la percepción
Con trastorno por consumo, leve
Con trastorno por consumo, moderado o grave
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.89 Anfetamina u otro estimulante, con
alteraciones de la percepción
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE CON TRASTORNO POR CONSUMO,
MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.89 Cocaína, Con alteraciones de la percepción
Con trastorno por consumo, leve
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
292.0 Abstinencia de estimulantes
ESPECIFICAR LA SUSTANCIA ESPECÍFICA QUE CAUSA EL SÍNDROME DE
ABSTINENCIA
ANFETAMINA U OTRO ESTIMULANTE
Cocaína
Otros trastornos inducidos por los
estimulantes
292.9 Trastorno relacionado con los estimulantes no
especificados
Anfetamina u otro estimulante
Cocaína
TRASTORNOS RELACIONADOS CON EL TABACO
TRASTORNO POR CONSUMO DE TABACO
Especificar si: en terapia de mantenimiento, en un
entorno controlado
Especificar la gravedad actual:
305.1 Leve
305.1 Moderado
305.1 Grave
292.0 Abstinencia de tabaco
OTROS TRASTORNOS INDUCIDOS POR EL TABACO
292.9 Trastorno relacionado con el tabaco no especificado
TRASTORNOS RELACIONADOS CON OTRAS SUSTANCIAS
(O SUSTANCIAS DESCONOCIDAS)
TRASTORNO POR CONSUMO DE OTRAS SUSTANCIAS
(O SUSTANCIAS DESCONOCIDAS)
ESPECIFICAR LA GRAVEDAD ACTUAL:
305.90 Leve
304.90 Moderado
304.90 Grave
292.89 Intoxicación por otras sustancias (o
sustancias desconocidas)
CON TRASTORNO POR CONSUMO, LEVE
CON TRASTORNO POR CONSUMO, MODERADO O GRAVE
SIN TRASTORNO POR CONSUMO
ABSTINENCIA DE OTRAS SUSTANCIAS (O SUSTANCIAS DESCONOCIDAS)
TRASTORNOS INDUCIDOS POR OTRAS SUSTANCIAS (O
SUSTANCIAS DESCONOCIDAS)
292.9 Trastorno relacionado con otras sustancias
(o sustancias desconocidas) no especificado)
TRASTORNOS NO RELACIONADOS CON SUSTANCIAS
312.31 Juego patológico
Especificar si: Episódico, Persistente
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave
TRASTORNOS NEUROCOGNITIVOS
Síndrome confusional Nota: Véanse los
criterios y procedimientos de registro correspondientes para códigos
específicos de sustancias y la codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC
Especificar si:
SÍNDROME CONFUSIONAL POR INTOXICACIÓN POR SUSTANCIAS
SÍNDROME CONFUSIONAL POR ABSTINENCIA DE SUSTANCIAS
292.81 Síndrome confusional inducido por medicamentos
293.0 Síndrome confusional debido a otra afección médica
293.0 Síndrome confusional debido a etiologías múltiples
Especificar si: Agudo, Persistente
Especificar si: Nivel de actividad Hiperactivo, Hipoactivo,
Mixto
780.09 Otro síndrome confusional especificado
780.09 Síndrome confusional no especificado
TRASTORNOS NEUROCOGNITIVOS MAYORES Y LEVES
Especificar si debido a: Enfermedad de Alzheimer, degeneración
del lóbulo frontotemporal, enfermedad por cuerpos de Lewy, enfermedad vascular,
traumatismo cerebral, consumo de sustancias o medicamentos, infección por VIH, enfermedad
por priones, enfermedad de Parkinson, enfermedad de Huntington, otra afección
médica, etiologías múltiples, no especificado
Especificar Sin alteración del comportamiento, Con
alteración del comportamiento. Para un posible trastorno neurocognitivo mayor y
para un trastorno neurocognitivo leve, la alteración del comportamiento no se
puede codificar pero aun así se debería indicar por escrito
Especificar la gravedad actual: leve, moderado, grave.
Este especificador se aplica sólo a trastornos neurocognitivos mayores (incluidos
probables y posibles)
Nota: Como se indica para cada subtipo, se
necesita un código médico adicional para probable trastorno neurocognitivo
mayor o trastorno neurocognitivo mayor. No se utilizará un código médico
adicional para posible trastorno neurocognitivo mayor o trastorno
neurocognitivo leve
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE
DEBIDO A LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER
PROBABLE TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR
DEBIDO A LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER
Nota: Codificar en primer lugar 331.0 la
enfermedad de Alzheimer
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.9 Posible trastorno neurocognitivo mayor debido
a
la enfermedad de Alzheimer
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a la
enfermedad de Alzheimer
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO FRONTOTEMPORAL MAYOR O LEVE
PROBABLE TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO A
LA DEGENERACIÓN DEL LÓBULO FRONTOTEMPORAL
Nota: Codificar en primer lugar 331.19 la
enfermedad frontotemporal.
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.9 Posible trastorno neurocognitivo mayor debido
a la
degeneración del lóbulo frontotemporal
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a la
degeneración del lóbulo frontotemporal
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE CON
CUERPOS DE LEWY
PROBABLE TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR CON
CUERPOS DE LEWY
Nota: Codificar en primer lugar 331.82 la
enfermedad por cuerpos de Lewy.
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.9 Posible trastorno neurocognitivo mayor con
cuerpos de Lewy
331.83 Trastorno neurocognitivo leve con cuerpos de
Lewy
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO VASCULAR MAYOR O LEVE
PROBABLE TRASTORNO NEUROCOGNITIVO VASCULAR MAYOR
Nota: Ningún código médico adicional para
enfermedad vascular
290.40 Con alteración del comportamiento
290.40 Sin alteración del comportamiento
331.9 Posible trastorno neurocognitivo vascular mayor
331.83 Trastorno neurocognitivo vascular leve
Trastorno neurocognitivo mayor o leve debido
a un
traumatismo cerebral (347)
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO A UN
TRAUMATISMO CEREBRAL
Nota: Para el CIE-9-MC, codificar en primer
lugar
907.0 el efecto tardío de una lesión intracraneal
sin
fractura de cráneo. Para el CIE-10-MC,
codificar en
primer lugar S06.2X9S traumatismo cerebral
difuso con pérdida de consciencia de duración sin especificar, secuela.
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a un traumatismo
cerebral
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE INDUCIDO POR
SUSTANCIAS / MEDICAMENTOSA
Nota: Ningún código médico adicional
Véanse los criterios y procedimientos de
registro correspondientes para códigos específicos de sustancias y la
codificación CIE-9-MC y CIE-10-MC.
Especificar si: Persistente
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE DEBIDO A INFECCIÓN POR VIH
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO A INFECCIÓN POR VIH
Nota: Codificar en primer lugar 042 la
infección por VIH.
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a
infección por VIH
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE
DEBIDO A ENFERMEDAD POR PRIONES
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO
A ENFERMEDAD POR PRIONES
Nota: Codificar en primer lugar 046.79 la
enfermedad por priones
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a
enfermedad por priones
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE DEBIDO A LA
ENFERMEDAD DE PARKINSON
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR PROBABLEMENTE
DEBIDO A LA ENFERMEDAD DE PARKINSON
Nota: Codificar en primer lugar 332.0 la
enfermedad de Parkinson
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.9 Trastorno neurocognitivo mayor posiblemente
debido a la enfermedad de Parkinson
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a la
enfermedad de Parkinson
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE DEBIDO A LA
ENFERMEDAD DE HUNTINGTON
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO A LA
ENFERMEDAD DE HUNTINGTON
Nota: Codificar en primer lugar 333.4 la
enfermedad de Huntington
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a la
enfermedad de Huntington
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR O LEVE DEBIDO A
OTRA AFECCIÓN MÉDICA
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO
A OTRA AFECCIÓN MÉDICA
Nota: Codificar en primer lugar la otra
afección médica
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a otra
afección médica
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR
O LEVE DEBIDO A ETIOLOGÍAS MÚLTIPLES
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO MAYOR DEBIDO A ETIOLOGÍAS MÚLTIPLES
Nota: Codificar en primer lugar todas las
afecciones
médicas causantes (excepto enfermedad vascular)
294.11 Con alteración del comportamiento
294.10 Sin alteración del comportamiento
331.83 Trastorno neurocognitivo leve debido a
etiologías múltiples
TRASTORNO NEUROCOGNITIVO NO ESPECIFICADO
799.59 Trastorno neurocognitivo no especificado
TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD
TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD: GRUPO A
301.0 Trastorno de la personalidad paranoide
301.20 Trastorno de la personalidad esquizoide
301.22 Trastorno de la personalidad esquizotípica
TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD: GRUPO B
301.7 Trastorno de la personalidad antisocial
301.83 Trastorno de la personalidad límite
301.50 Trastorno de la personalidad histriónica
301.81 Trastorno de la personalidad narcisista
TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD: GRUPO C
301.82 Trastorno de la personalidad evasiva
301.6 Trastorno de la personalidad dependiente
301.4 Trastorno de la personalidad obsesivo
compulsiva
OTROS TRASTORNOS DE LA PERSONALIDAD
310.1 Cambio de la personalidad debido a otra
afección médica
Especificar si: Tipo lábil, tipo desinhibido, tipo agresivo,
tipo apático, tipo paranoide, otro tipo, tipo combinado, tipo no especificado
301.89 Otro trastorno de la personalidad
especificado
301.9 Trastorno de la personalidad no especificado
TRASTORNOS PARAFÍLICOS
EL SIGUIENTE ESPECIFICADOR SE APLICA
A LOS TRASTORNOS PARAFÍLICOS EN LOS CASOS
INDICADOS:
Especificar si: En un entorno controlado, en remisión total
302.82 Trastorno de voyeurismo
302.4 Trastorno de exhibicionismo
Especificar si: Sexualmente excitado por exposición de los
genitales a niños prepúberes, sexualmente excitado por exposición de los
genitales a individuos físicamente maduros, sexualmente excitado por exposición
de los genitales a niños prepúberes y a individuos físicamente maduros
302.89 Trastorno de froteurismo
302.83 Trastorno de masoquismo sexual
Especificar si: con asfixiofilia
302.84 Trastorno de sadismo sexual
302.2 Trastorno de pedofilia
Especificar si: Tipo exclusivo, Tipo no exclusivo
Especificar si: Atracción sexual por el sexo masculino,
atracción sexual por el sexo femenino, atracción
sexual por ambos sexos
Especificar si: Limitado al incesto
302.81 Trastorno de fetichismo
Especificar: Parte(s) del cuerpo, objeto(s) inanimado(s), otro
302.3 Trastorno de travestismo
Especificar si: Con fetichismo, con autoginofilia
302.89 Otro trastorno parafílico especificado
302.9 Trastorno parafílico no especificado
OTROS TRASTORNOS MENTALES
294.8 Otro trastorno mental especificado debido a
otra afección médica
294.9 Trastorno mental no especificado debido a
otra afección médica
300.9 Otro trastorno mental especificado
300.9 Trastorno mental no especificado
TRASTORNOS MOTORES INDUCIDOS POR MEDICAMENTOS Y OTROS EFECTOS
ADVERSOS DE LOS MEDICAMENTOS
332.1 Parkinsonismo inducido por neurolépticos
332.1 Parkinsonismo inducido por otros medicamentos
333.92 Síndrome neuroléptico maligno
333.72 Distonía aguda inducida por medicamentos
333.99 Acatisia aguda inducida por medicamentos
333.85 Discinesia tardía
333.72 Distonía tardía
333.99 Acatisia tardía
333.1 Temblor postural inducido por medicamentos
333.99 Otro trastorno motor inducido por
medicamentos
SÍNDROME DE SUSPENSIÓN DE ANTIDEPRESIVOS
995.29 Hallazgo inicial
995.29 Hallazgo ulterior
995.29 Secuelas
OTRO EFECTO ADVERSO DE MEDICAMENTOS
995.20 Hallazgo inicial
995.20 Hallazgo ulterior
995.20 Secuelas
OTROS PROBLEMAS QUE PUEDEN
SER OBJETO DE ATENCIÓN CLÍNICA
PROBLEMAS DE RELACIÓN
PROBLEMAS RELACIONADOS CON LA EDUCACIÓN FAMILIAR
V61.20 Problema de relación con los padres
V61.8 Problema de relación con los hermanos
V61.8 Educación lejos de los padres
V61.29 Niño afectado por una relación parental conflictiva
OTROS PROBLEMAS RELACIONADOS CON
EL GRUPO DE APOYO PRIMARIO
V61.10 Relación conflictiva con el cónyuge o la
pareja
V61.03 Ruptura familiar por separación o divorcio
V61.8 Nivel elevado de emoción expresada en la
familia
V62.82 Duelo no complicado maltrato, abuso y
negligencia
MALTRATO INFANTIL Y PROBLEMAS DE NEGLIGENCIA
MALTRATO FÍSICO INFANTIL
MALTRATO FÍSICO INFANTIL, CONFIRMADO
995.54 Hallazgo inicial
995.54 Hallazgo ulterior
Maltrato físico infantil, sospechado
995.54 Hallazgo inicial
995.54 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS
CON EL MALTRATO FÍSICO INFANTIL
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato infantil parental
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato infantil no parental
V15.41 Historia personal (antecedentes) de maltrato
físico infantil
V61.22 Visita de salud mental para el autor de
maltrato
infantil parental
V62.83 Visita de salud mental para el autor de
maltrato
infantil no parental
ABUSO SEXUAL INFANTIL
ABUSO SEXUAL INFANTIL, CONFIRMADO
995.53 Hallazgo inicial
995.53 Hallazgo ulterior
ABUSO SEXUAL INFANTIL, SOSPECHADO
995.53 Hallazgo inicial
995.53 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS
CON EL ABUSO SEXUAL INFANTIL
V61.21Visita de salud mental para la víctima de
abuso
sexual infantil parental
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
abuso
sexual infantil no parental
V15.41 Historia personal (antecedentes) de abuso
sexual infantil
V61.22 Visita de salud mental para el autor de abuso
sexual infantil parental
V62.83 Visita de salud mental para el autor de abuso
sexual infantil no parental
NEGLIGENCIA INFANTIL
NEGLIGENCIA INFANTIL, CONFIRMADA
995.52 Hallazgo inicial
995.52 Hallazgo ulterior
NEGLIGENCIA INFANTIL, SOSPECHADA
995.52 Hallazgo inicial
995.52 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS
CON LA NEGLIGENCIA INFANTIL)
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
negligencia infantil parental
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
negligencia infantil no parental
V15.42 Historia personal (antecedentes) de
negligencia infantil
V61.22 Visita de salud mental para el autor de
negligencia infantil parental
V62.83 Visita de salud mental para el autor de
negligencia infantil no parental
MALTRATO PSICOLÓGICO INFANTIL
MALTRATO PSICOLÓGICO INFANTIL, CONFIRMADO
995.51 Hallazgo inicial
995.51 Hallazgo ulterior
MALTRATO PSICOLÓGICO INFANTIL, SOSPECHADO
995.51 Hallazgo inicial
995.51 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS CON EL MALTRATO
PSICOLÓGICO INFANTIL
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato psicológico infantil parental
V61.21 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato psicológico infantil no parental
V15.42 Historia personal (antecedentes) de maltrato
psicológico infantil
V61.22 Visita de salud mental para el autor de
maltrato
psicológico infantil parental
V62.83 Visita de salud mental para el autor de
maltrato
psicológico infantil no parental
MALTRATO DEL ADULTO Y PROBLEMAS DE NEGLIGENCIA
VIOLENCIA FÍSICA POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
VIOLENCIA FÍSICA POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, CONFIRMADA
995.81 Hallazgo inicial
995.81 Hallazgo ulterior
VIOLENCIA FÍSICA POR PARTE DEL CÓNYUGE
O LA PAREJA, SOSPECHADA
995.81 Hallazgo inicial
995.81 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS CON LA VIOLENCIA FÍSICA
POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
V61.11 Visita de salud mental para la víctima de
violencia
física por parte del cónyuge o la pareja
V15.41 Historia personal (antecedentes) de violencia
física por parte del cónyuge o la pareja
V61.12 Visita de salud mental para el autor de
violencia
física por parte del cónyuge o la pareja
VIOLENCIA SEXUAL POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
VIOLENCIA SEXUAL POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, CONFIRMADA
995.83 Hallazgo inicial
995.83 Hallazgo ulterior
VIOLENCIA SEXUAL POR PARTE DEL CÓNYUGE
O LA PAREJA, SOSPECHADA
995.83 Hallazgo inicial
995.83 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS CON LA VIOLENCIA
SEXUAL POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
V61.11 Visita de salud mental para la víctima de
violencia
sexual por parte del cónyuge o la pareja
V15.41 Historia personal (antecedentes) de violencia
sexual por parte del cónyuge o la pareja
V61.12 Visita de salud mental para el autor de
violencia
sexual por parte del cónyuge o la pareja
NEGLIGENCIA POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
NEGLIGENCIA POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, CONFIRMADA
995.85 Hallazgo inicial
995.85 Hallazgo ulterior
NEGLIGENCIA POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, SOSPECHADA
995.85 Hallazgo inicial
995.85 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS CON LA NEGLIGENCIA
POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
V61.11 Visita de salud mental para la víctima de
negligencia por parte del cónyuge o la pareja
V15.42 Historia personal (antecedentes) de
negligencia
por parte del cónyuge o la pareja
V61.12 Visita de salud mental para el autor de
negligencia por parte del cónyuge o la pareja
MALTRATO PSICOLÓGICO POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
MALTRATO PSICOLÓGICO POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA,
CONFIRMADO
995.82 Hallazgo inicial
995.82 Hallazgo ulterior
MALTRATO PSICOLÓGICO POR PARTE DEL
CÓNYUGE O LA PAREJA SOSPECHADO
995.82 Hallazgo inicial
995.82 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS CON EL MALTRATO PSICOLÓGICO
POR PARTE DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
V61.11 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato
psicológico por parte del cónyuge o la pareja
V15.42 Historia personal (antecedentes) de maltrato
psicológico por parte del cónyuge o la pareja
V61.12 Visita de salud mental para el autor de
maltrato
psicológico por parte del cónyuge o la pareja
MALTRATO DEL ADULTO POR PARTE DE UNA PERSONA
DISTINTA DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
MALTRATO FÍSICO DEL ADULTO POR PARTE DE UNA
PERSONA DISTINTA DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, CONFIRMADO
995.81 Hallazgo inicial
995.81 Hallazgo ulterior
MALTRATO FÍSICO DEL ADULTO POR PARTE DE UNA PERSONA
DISTINTA DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, SOSPECHADO
995.81 Hallazgo inicial
995.81 Hallazgo ulterior
ABUSO SEXUAL DEL ADULTO POR PARTE DE UNA PERSONA
DISTINTA DEL CÓNYUGE O LA PAREJA, CONFIRMADO
995.83 Hallazgo inicial
995.83 Hallazgo ulterior
ABUSO SEXUAL DEL ADULTO POR PARTE DE UNA PERSONA DISTINTA DEL
CÓNYUGE O LA PAREJA, SOSPECHADO
995.83 Hallazgo inicial
995.83 Hallazgo ulterior
MALTRATO PSICOLÓGICO DEL ADULTO POR PARTE
DE UNA PERSONA DISTINTA DEL CÓNYUGE
O LA PAREJA, CONFIRMADO
995.82 Hallazgo inicial
995.82 Hallazgo ulterior
MALTRATO PSICOLÓGICO DEL ADULTO POR PARTE
DE UNA PERSONA DISTINTA DEL CÓNYUGE
O LA PAREJA, SOSPECHADO
995.82 Hallazgo inicial
995.82 Hallazgo ulterior
OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELACIONADAS
CON EL MALTRATO O ABUSO DEL ADULTO
POR PARTE DE UNA PERSONA DISTINTA
DEL CÓNYUGE O LA PAREJA
V65.49 Visita de salud mental para la víctima de
maltrato o abuso del adulto por parte
de una persona distinta del cónyuge
V62.83 Visita de salud mental para el autor
de maltrato o abuso del adulto por parte
de una persona distinta del cónyuge
PROBLEMAS EDUCATIVOS Y LABORALES
PROBLEMAS EDUCATIVOS
V62.3 Problema académico o educativo
PROBLEMAS LABORALES
V62.21 Problema relacionado con el estado actual de despliegue
militar
V62.29 Otro problema relacionado con el empleo
PROBLEMAS DE VIVIENDA Y ECONÓMICOS
PROBLEMAS DE VIVIENDA
V60.0 Personas sin hogar
V60.1 Alojamiento inadecuado
V60.89 Discordia con un vecino, inquilino o arrendador
V60.6 Problema relacionado con la vida en una residencia
PROBLEMAS ECONÓMICOS
V60.2 Falta de alimentos adecuados o de agua
potable
V60.2 Pobreza extrema
V60.2 Ingresos bajos
V60.2 Seguro social o asistencia pública
insuficiente
V60.9 Problema de vivienda o económico no especificado
OTROS PROBLEMAS RELACIONADOS CON EL ENTORNO SOCIAL
V62.89 Problema de fase de la vida
V60.3 Problema relacionado con vivir solo
V62.4 Dificultad de aculturación
V62.4 Exclusión o rechazo social
V62.4 Blanco (percibido) de discriminación adversa
o persecución
V62.9 Problema relacionado con el entorno social no
especificado
Problemas relacionados con la delincuencia o
interacción con el sistema legal
V62.89 Víctima de delincuencia
V62.5 Sentencia civil o penal sin encarcelamiento
V62.5 Encarcelamiento u otra reclusión
V62.5 Problemas relacionados con la excarcelación
V62.5 Problemas relacionados con otras circunstancias
legales
OTROS ENCUENTROS CON LOS SERVICIOS SANITARIOS PARA
ASESORAMIENTO Y CONSEJO MÉDICO
V65.49 Asesoramiento sexual
V65.40 Otro asesoramiento o consulta
PROBLEMAS RELACIONADOS CON OTRAS CIRCUNSTANCIAS
PSICOSOCIALES, PERSONALES O AMBIENTALES
V62.89 (Z65.8). Problema religioso o espiritual
V61.7 Problemas relacionados con el embarazo no deseado
V61.5 Problemas relacionados con la multiparidad
V62.89 Discordia con el proveedor de servicios
sociales, incluido perito, gestor de casos o asistente
social
V62.89 Víctima de terrorismo o tortura
V62.22 Exposición a catástrofes, guerras u otras hostilidades
V62.89 Otro problema relacionado con circunstancias psicosociales
V62.9 Problema no especificado relacionado con
circunstancias psicosociales no especificadas
OTRAS CIRCUNSTANCIAS DE LA HISTORIA PERSONAL
V15.49 Otra historia personal de trauma psicológico
V15.59 Historia personal de autolesión
V62.22 Historia personal de despliegue militar
V15.89 Otros factores de riesgo personal
V69.9 Problema relacionado con el estilo de vida
V71.01 Comportamiento antisocial del adulto
V71.02 Comportamiento antisocial del niño o el adolescente
PROBLEMAS RELACIONADOS CON EL ACCESO A LA ASISTENCIA MÉDICA
Y OTRA ASISTENCIA SANITARIA
V63.9 No disponibilidad o inaccesibilidad de
centros de asistencia sanitaria
V63.8 No disponibilidad o inaccesibilidad de otros centros
de ayuda
INCUMPLIMIENTO DEL TRATAMIENTO MÉDICO
V15.81 Incumplimiento del tratamiento médico
278.00 Sobrepeso u obesidad
V65.2 Simulación
V40.31 Vagabundeo asociado a un trastorno mental
V62.89 Funcionamiento intelectual límite
FICHA TÉCNICA:
1 Libro
En formato de 11 por 21 cm
438 Páginas
Pasta gruesa en color plastificada
Quinta edición 2023
ISBN 9788411060745
Autor American Psychiatric Association
Editorial Médica Panamericana
FAVOR DE PREGUNTAR
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GUIA DE CONSULTA DE LOS
CRITERIOS DIAGNOSTICOS DEL DSM-5
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Libro GUIA DE CONSULTA DE LOS CRITERIOS DIAGNÓSTICOS DEL DSM-5
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Libro GUIA DE CONSULTA DE LOS CRITERIOS DIAGNÓSTICOS DEL DSM-5
Libro GUIA DE CONSULTA DE LOS CRITERIOS DIAGNÓSTICOS DEL DSM-5
ResponderEliminarSección I
Conceptos básicos del DSM-5
Utilización del manual
Declaración cautelar para el empleo forense del DSM-5
Sección II
Criterios Diagnósticos y Códigos
Trastornos del neurodesarrollo
Espectro de la esquizofrenia y otros trastornos psicóticos
Trastorno bipolar y trastornos relacionados
Trastornos depresivos
Trastornos de ansiedad
Trastorno obsesivo-compulsivo y trastornos relacionados
Trastornos relacionados con traumas y factores de estrés
Trastornos disociativos
Trastorno de síntomas somáticos y trastornos relacionados
Trastornos de la conducta alimentaria y de la ingesta de alimentos
Trastornos de la excreción Índice
Trastornos del sueño-vigilia
Disfunciones sexuales
Disforia de género
Trastornos disruptivos, del control de los impulsos y de la conducta
Trastornos relacionados con sustancias y trastornos adictivos
Trastornos neurocognitivos
Trastornos de la personalidad
Trastornos parafílicos
Otros trastornos mentales y códigos adicionales
Trastornos del movimiento inducidos por medicamentos y otros efectos adversos de los medicamentos
Otros problemas que puede ser objeto de atención clínica
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